
De repente, los casos de las provincias de Tucumán y San Juan fueron un faro para la oposición en Formosa, quien, oportunamente, recordó que Gildo Insfrán no puede presentarse a una reelección más (va por la octava, vale decir) porque hay un artículo en la Constitución Nacional nada más y nada menos, que lo impide, porque habla de la periodicidad y la alternancia en el poder. Entonces, surgió la palabra vedette de estos días: impugnación.
Pero como la oposición en Formosa es lo más parecido a un rejunte sin norte claro que hay, y es, en gran medida, responsable de que un tirano como Insfrán siga gobernando; ni siquiera fueron capaces de ponerse de acuerdo en ir todos juntos, como dice el nombre de su partido matriz, o frente, Juntos, para hacer una presentación judicial. Ni siquiera en lo que, supuestamente, todos están de acuerdo, se pusieron de acuerdo.
“Vamos a impugnar la candidatura de Gildo Insfrán porque viola la Constitución Nacional”, dijeron desde la alianza del Frente Amplio Formoseño, y presentaron el pedido ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el amparo para que, una vez, formalizada o no, la presentación oficial de la candidatura del gobernador, la justicia actúe. Pero, claro, si no hay presentación, si todavía el sujeto en cuestión no ha hecho el acto administrativo de presentarse, que es lo que constituiría la acción a denunciar; no hay nada. En suma, la Corte dirá: “Señores, no podemos actuar por las dudas…”
Así de ridículo como se oye, así ha sucedido.
Por el otro lado, desde el mismo sector, el que compone Gabriela Neme, decidieron esperar, que se presente Insfrán, que el acto se formalice para proceder a actuar con la presentación del recurso de amparo y solicitar la impugnación a su candidatura.
Pero como decíamos arriba, el frente opositor no se pone de acuerdo ni siquiera en lo más básico que es, acordar un objetivo común, que en este caso es la presentación de un solo texto que contenga la presentación del amparo para impedir que Insfrán se presente como candidato. Y entonces, apareció una tercera presentación: la de Fernando Carbajal.
La del ex juez federal devenido diputado nacional de Juntos por el Cambio, se trató de “acción meramente declarativa de certeza e inconstitucionalidad”, solicitando a la Corte Suprema que se expida sobre el artículo 132 de la Constitución Provincial que contempla la reelección indefinida para el cargo de gobernador y vicegobernador, y que estaría habilitando a Insfrán a buscar su octavo mandato consecutivo.
Es decir, tres presentaciones diferentes, dos de ellas ya efectuadas y una, la de la diputada Neme, que es la más coherente en todo esto, que espera a que se formalice el acto para hacerse efectiva. Increíble, pero real.
El show de los impugnados
Pero entre tanta impugnación dando vuelta, apareció una carta que nadie se esperaba, o al menos, no querían que se supiera. Uno de los candidatos más firmes del frente opositor más grande que tenemos en la provincia, Fernando Carbajal, nada más ni nada menos, no cumple con los 8 años de residencia que estipula la Constitución Provincial para ser candidato a gobernador. Por lo que, mientras él y el frente al que pertenece, preparan la impugnación, podría resultar impugnado.
Según el sitio Periodismo Profesional, Fernando Carbajal, tramitó su cambio de domicilio un nuevo documento el 5 de septiembre del año 2018 por lo que su residencia efectiva en la provincia de Formosa, sería de aproximadamente 5 años.
Lo hizo con el trámite 563192998 en la delegación capital del Registro Civil de las Personas de Formosa.
De esta manera, el 21 de mayo, cuando se formalice la candidatura del candidato de Juntos por el Cambio en Formosa, también se formalizarán innumerables impugnaciones porque no cumpliría con los requisitos establecidos en la Constitución Provincial.
En referencia a los años anteriores de residencia en la provincia de Formosa (el juez vivió en Corrientes y Chaco fijando domicilio en otra provincia) no se computarían como “previos, reales y efectivos”.
Pero, para tranquilidad del diputado, y como una estrategia de jugarla de “buen tipo”, el gobernador Insfrán dejó trascender que no impugnará al diputado nacional cambiemita.
Y vale decir que esta información la filtró el otro candidato de la oposición, forzado a no integrarse al Frente Amplio Formoseño, Francisco Paoltroni, quien ya en su momento cuando Carbajal decidió presentarse como candidato a gobernador, había criticado al legislador que “teniendo un cargo, y sin cumplir su promesa, va a buscar un cargo en la provincia, son todos lo mismo”.
Es sin dudas un show, la política como un reality show.
Define la Corte
Por supuesto, que desde el Quinto Piso activaron los mecanismos para salir a defender la “autonomía de la provincia” y el “derecho a elegir libremente” a sus candidatos, por lo que hicieron una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien deberá definir; y de hecho, le pasó el asunto al Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, que este mismo viernes respondió, opinó que el alto tribunal no debería intervenir, aunque, hizo la salvedad de que, es en definitiva, la Corte la que tendrá la potestad de actuar.
Hay un tufillo a temor por estas horas en Formosa, aunque no lo digan, y es que, a nivel nacional hay un gobierno debilitado, su máxima referente está flaqueando y ya la Justicia demostró que no le tiembla el pulso para actuar en contra de los oficialismos, cuando tiene que hacerlo.
Recordemos que en los casos de San Juan y Tucumán falló porque en ambas constituciones de esas provincias el principio de alternancia se veía vulnerado y porque la figura de la “reelección” no está contemplada. Caso diferente al de Formosa, donde el texto de la Constitución Provincial, modificada y sancionada en 2003, refiere en su artículo 132 a que “el gobernador y el vicegobernador durarán en sus cargos cuatro años, podrán ser reelectos”.
Es cuestión de interpretar los textos, hay constitucionalistas que dicen que es inconstitucional lo de Formosa, otros que la Corte, no puede intervenir en las provincias, otros que la Carta Magna está por encima del resto, pero depende de la lupa con que se mire, pareciera que hay casos donde una Constitución Provincial tiene más fuerza que la Nacional.