Formosa no es San Juan, pero Gildo está preocupado por el fallo de la Corte contra Uñac

El fallo de la Corte Suprema que inhabilitó a Sergio Uñac anticipa su postura en contra de las reelecciones indefinidas. La Corte estudia la impugnación de Gildo Insfrán, que aspira a su octavo mandato consecutivo en Formosa. Hay expectativas en la oposición y mucha cautela en el oficialismo. Los nervios de Gildo tienen su razón de ser clara.
El máximo tribunal bloqueó la candidatura del mandatario sanjuanino a una segunda reelección al advertir que permitirla supondría habilitar "una reelección potencialmente indefinida" lo que, sostuvo, "colisiona con la forma republicana de gobierno, según la establece la Constitución Nacional". La Corte también examina una impugnación a la candidatura del gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, quien oficializó su candidatura a un octavo mandato consecutivo.
CORTE SUPREMO A LA AUTONOMÍA DE NUESTRO PUEBLO pic.twitter.com/6yGjy4UWSk
— Sergio Uñac (@sergiounac) June 1, 2023
Quisiste violar la constitución de San Juan? Chau para siempre Uñac - La Corte Suprema declaró que Sergio Uñac está “inhabilitado” para volver a ser candidato a gobernador - https://t.co/vAbvP55ATM
— Laura Alonso 🇦🇷🇺🇦 (@lauritalonso) June 1, 2023
El pueblo formoseño tiene memoria y el 25 de junio se expresará libremente como hace siempre, respondiendo con amor, ese amor que siempre vence al odio.#TodosUnidos #Formosa pic.twitter.com/wNYeEhAePu
— Gildo Insfrán (@insfran_gildo) May 30, 2023
A diferencia de San Juan y Tucumán, antecedentes inmediatos, la constitución formoseña no establece límites a la cantidad de mandatos consecutivos a las que el gobernador puede aspirar. No habría, entonces, interpretaciones forzadas como en las que el tribunal entendió que incurrieron Uñac y, eventualmente, de Juan Manzur, aunque el tucumano declinó su postulación a vicegobernador antes que la Corte se pronunciara sobre la cuestión de fondo. Eso es lo que dicen en Formosa.
Pero los argumentos que la Corte expuso en el fallo Uñac anticipan de alguna forma su posición respecto del caso Insfrán. En primer término, dejó de forma expresa su postura respecto de que las reelecciones indefinidas lesionan las Constitución Nacional, a la que se subordinan las cartas magnas provinciales.
En el caso de Uñac, sostuvo que permitirle competir por una segunda reelección habiendo cumplido el gobernador 2 períodos además de otro anterior como vicegobernador "supone la habilitación para una reelección potencialmente indefinida pues siempre podría ser reelecto para el cargo que no posee lo que, como se dijo, colisiona con la forma republicana de gobierno, según la establece la Constitución Nacional".
Esto podría ser fácilmente extensible a Formosa, donde Insfrán gobierna ininterrumpidamente desde 1995, es decir desde hace 28 años. De conseguir y concluir su octavo mandato, el gobernador de Formosa habrá estado en el poder 32 años consecutivos.
Insfrán instruyó a la Fiscalía de Estado de la provincia para rechazar que el planteo ante la Corte "en defensa de la autonomía y la democracia".
"No existe duda de que habilitar que una persona se desempeñe durante dieciséis años ininterrumpidos en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto a los valores que encarna el sistema republicano", advierte la Corte en el caso San Juan, pero con una fuerte señal hacia Formosa u otras provincias, como Santa Cruz, donde también rige la reelección indefinida.
En su acordada firmada, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda dejan en claro cuáles son las implicancias de una "concentración de poder" de esa magnitud.
"La influencia en la composición del poder judicial local y de los órganos de control, el manejo de los fondos públicos, el control de la agenda política y legislativa, entre otros factores, tal como se dijo en los considerandos anteriores, se traduce en una significativa concentración de poder que erosiona la separación de poderes y rompe las "condiciones generales de igualdad" en la competencia electoral", dice el fallo de la Corte.
Para la Corte, "tolerar la consolidación de esta situación supone romper el equilibrio que debe regir entre la libertad", en este caso, de la provincia de San Juan "para permitir que sus ciudadanos elijan al candidato de su preferencia [...] y las características definitorias del sistema republicano".